Preguntas Frecuentes
Seguros de Desempleo
1. ¿Qué cubre el seguro Desempleo?
- Desempleo involuntario (Asalariados)
- Cubre un total de 5 letras de tu préstamo, hasta una suma asegurada máxima de $10,000.00 por desempleo involuntario.
- Incapacidad total temporal (Independientes)
- Cubre hasta 5 letras de tu préstamo en caso de quedar incapacitado, total y temporalmente por más de 15 días de acuerdo con la cantidad de días certificados, y hasta una suma asegurada máxima de $10,000.00
- Enfermedades graves
- Se cubre la letra del préstamo en caso de diagnóstico de enfermedad grave. La cobertura es por un total de 12 letras del préstamo hasta una suma asegurada máxima de $10,000.00 dólares. Este beneficio aplica cuando el asegurado se le diagnostique alguna de las siguientes enfermedades:
- Infarto de miocardio
- Puente aortocoronario (by-pass)
- Accidente cerebrovascvular (ACV)
- Cáncer
- Trasplante de órganos
- Insuficiencia renal
- Esclerosis múltiple
2. ¿Cuánto tiempo debo esperar para aplicar a la cobertura de Desempleo o Incapacidad Total Temporal?
El seguro cubre a partir de 60 días (periodo de espera).
3. ¿Cómo puedo adquirir este seguro?
Este seguro se adquiere junto con su préstamo personal.
4. ¿En cuánto tiempo puedo presentar el reclamo de la cobertura?
Para presentar tu reclamo tienes hasta un año. Sin embargo, debes tener en cuenta que el tiempo que transcurra hasta que solicites la cobertura, puede generar intereses o estatus de morosidad que afecten tu historial en la Asociación Panameña de Crédito (APC). El seguro no se activa de forma automática ya que dependemos del cliente para la presentación de los documentos que validen la situación.
5. ¿Cómo se solicita el reclamo de cobertura?
Puedes llamar a nuestro centro de atención telefónica 306-4700 o presentar el reclamo en cualquiera de nuestras sucursales para que alguno de nuestros ejecutivos reciba los documentos requeridos y realice el proceso con la aseguradora.
6. ¿Qué documentos debo presentar?
Es importante que compartas los siguientes documentos:
- Copia de documento de identidad (Cédula o pasaporte)
- Hoja de desembolso del préstamo (puede solicitarla en cualquiera de nuestras sucursales)
- Carta de desvinculación
Debe decir el día en que empezó a laborar
Día de desvinculación
Tipo de contrato (indefinido, temporal, por proyecto, etc)
Motivo de desvinculación
- Si la carta de desvinculación no cuenta con los puntos anteriores, se debe solicitar una nueva carta que refleje dichos puntos, o se debe presentar el contrato de trabajo con la empresa.
7. ¿Cuáles son los tipos de desempleos que aplican?
Despido individual o en masa, terminación por el patrono, disputa laboral por sindicato, cierre temporal de un lugar de trabajo o despido de empleados para desalentar actividades sindicales o para obtener concesiones por parte del patrono y excluyendo cierres temporales normales, renuncia negociada con indemnización.
8. Si por causa del COVID-19 me suspenden el contrato de forma temporal, ¿podría aplicar al seguro?
No, para aplicar debe existir una desvinculación laboral completa.
9. Soy trabajador independiente, ¿puedo aplicar a la cobertura de desempleo?
No, por ser independiente usted puede solicitar la cobertura de Incapacidad Total Temporal en caso de que por algún motivo de salud este imposibilitado de continuar sus funciones como independiente.
10. ¿Cómo sería el pago del seguro por la cobertura de Incapacidad Total Temporal para los Independientes?
R. La Compañía hará pagos mensuales a la tarjeta de crédito del Deudor Asegurado, correspondiente al pago mínimo facturado en el estado de cuenta hasta un máximo de 12 pagos sí:
- La pérdida de ingreso ocurre a causa de haber quedado total y continuamente incapacitado como resultado de:
- Lesión corporal accidental
- Enfermedad
- Es atendido regularmente por un médico (que no sea el propio Deudor Asegurado)
- Si queda incapacitado por más de treinta (30) días consecutivos.
La incapacidad se calculará a partir de la fecha posterior entre las siguientes:
La fecha establecida por el médico del Deudor Asegurado
La fecha de su último día de trabajo
14. ¿Bajo qué condición puedo aplicar a mi cobertura de incapacidad total temporal si soy independiente?
Puede aplicar en los siguientes casos:
a. Lesión corporal accidental
b. Enfermedad (incluye COVID-19)
c. Condición en la que deba estar atendido por un médico regularmente y le genere una incapacidad por más de 30 días consecutivos
15. Si soy independiente y por causa de un diagnóstico positivo de COVID-19 resultara incapacitado temporalmente, ¿podría aplicar al seguro?
Sí. Si estuvieras incapacitado a causa del COVID-19, aplicaría la cobertura de incapacidad total temporal que tiene este seguro para los independientes.
16. ¿Qué documentos requiero para hacer mi reclamo en caso de incapacidad total temporal?
Copia de cédula
Hoja de desembolso del préstamo (puede solicitarla en cualquiera de nuestras sucursales)
Presentar una certificación de entidad competente (hospital público o privado) con Diagnóstico
a. Incapacitado total y temporalmente
b. Imposibilitado de volver a estar empleado por sueldo o ganancia a causa de la incapacidad descrita.
o Presentar mensualmente durante el período de incapacidad total, una declaración del médico que lo atiende haciendo constar su condición de incapacidad total continua; y
o A intervalos razonables y a solicitud y costos de la Compañía, ser examinado por el médico que la Compañía indique.