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¿La nueva ley afecta el pago de las ventas con tarjetas de crédito o débito con un nuevo impuesto?
El comercio afiliado recibe su certificado de retención en la primera semana del mes.No es un nuevo impuesto sobre la venta. Del total de ventas que realice el comercio afiliado a sus clientes a través de tarjetas de crédito y débito, el banco retendrá y remitirá a la administración tributaria el 50% del valor del ITBMS. El porcentaje del impuesto retenido constituye un crédito fiscal para los comercios afiliados.
Comercio afiliado consulta: He sido designado por la DGI como Agente retenedor de ITBMS, ¿el banco debe retenerme mis impuestos?
El hecho de que el comercio afiliado sea a su vez agente retenedor de proveedores, no exime al banco de la aplicación de la retención sobre las transacciones que el comercio afiliado realice con sus clientes a través de tarjetas. De acuerdo a lo que establece la Ley, la retención no se realizará únicamente en aquellos casos en los cuales la operación se realiza entre agentes de la misma categoría. Por ejemplo, entre Agente Retenedores de Proveedores o entre entidades administradoras de tarjetas de débito o crédito.
¿Habrá afectación contable ante el cambio en la retención del 2% sobre ventas a 50% sobre el valor del ITBMS?
El comercio no deberá ver afectación a nivel contable. Dentro de la reportería, el afiliado recibirá el monto de retención del 50% sobre el valor del ITBMS de la misma forma en que está recibiendo actualmente la retención sobre el 2% sobre las ventas.
¿Puedo solicitar la devolución de la retención, en caso de considerar que existe una discrepancia?
En caso de requerir ajustes a los montos de retención de ITBMS reportados por el agente retenedor, este último será responsable de realizar las debidas correcciones. Entre estas se incluye la gestión de la devolución de montos retenidos en exceso a los contribuyentes. Para realizar la misma el cliente debe presentar al banco el documento que sustente (aviso de operación, certificado de excepción de ITBMS) que la retención practicada fue indebida. Una vez el banco confirme que la retención fue indebida, procederá a hacer la reversión de los fondos retenidos en exceso y notificará al cliente en la dirección de correo registrado.