Es el método utilizado por el Fisco, para recaudar de manera anticipada, aquel impuesto generado por la declaración de renta presentada durante el periodo. El pago del impuesto estimado, es un crédito al impuesto jurado que vence el último día de marzo del año siguiente al periodo declarado.
¿Cuáles son las fechas de pago para este tipo de impuesto?
La fecha de vencimiento es 30 de Junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre (puede ser cancelada antes). Esta renta y el monto, aparece al contribuyente en su estado de cuenta al presentar la respectiva declaración.
¿Quién está obligado a presentar declaración estimada de renta?
Todo contribuyente que haya presentado declaración de renta, el sistema le indicará, de acuerdo a lo presentado, si debe o no pagar estimada, adicional que Etax2 le indicará el monto en cada una de las 3 fechas.
¿Se puede pagar menos de la renta indicada?
No, la estimada no deberá ser inferior a la renta indicada en la declaración jurada.
Para mayor información, puedes contactar a la DGI a través de:
Ir a la página web https://dgi.mef.gob.pa/dgi.php al final de la misma encontrará un formulario de correo y un ícono de chat para que sea atendido por la DGI