Preguntas Frecuentes
Seguros de Desempleo Tarjetas de Crédito
1. ¿Qué es el seguro de Desempleo e Incapacidad Total Temporal?
R: Este seguro cuenta con dos coberturas:
a. Cobertura de Desempleo (para clientes asalariados)
b. Cobertura de Incapacidad Total Temporal (clientes con trabajo independiente). No aplica para la Tarjeta de Crédito Ideal.
Se puede adquirir con la tarjeta de crédito para que, al momento de tener un cese de ingresos a causa de una desvinculación involuntaria (en caso de asalariados) o una incapacidad (en independientes) que impida que el asegurado pueda cumplir con sus compromisos con el pago mínimo de la Tarjeta de Crédito, el seguro le brinde este respaldo económico permitiendo su recuperación financiera y generando tranquilidad en alguna de las situaciones antes mencionadas.
2. ¿Qué cubre el seguro en caso de Desempleo o Incapacidad Total Temporal?
El seguro cubre el pago mínimo de la tarjeta de crédito hasta B/.500 mensual, por un máximo de 12 meses consecutivos. Teniendo en consideración que el límite máximo a respaldar es de B/.6,000. Aplica tanto para clientes independientes como para clientes asalariados. No aplica para la Tarjeta de Crédito Ideal.
Para la tarjeta de crédito Ideal: Cubre el pago mínimo de la tarjeta de crédito Ideal hasta B/. 600 mensual, por un máximo de 5 meses consecutivos. Teniendo en consideración que el límite máximo es de B/. 3,000. Aplica para clientes asalariados.
3. ¿Cuánto tiempo debo esperar para aplicar a la cobertura de Desempleo o Incapacidad Total Temporal?
R: El seguro cubre a partir de 30 días (periodo de espera). Sin embargo, por la crisis mundial del COVID-19, usted cuenta con cobertura inmediata luego de vincular su tarjeta de crédito con este seguro, siempre y cuando el despido (en caso de desempleo) sea por causas involuntarias o la incapacidad en caso de independiente, suceda posterior a la activación del seguro. Estas condiciones son válidas hasta el 31 de diciembre de 2020.
4. ¿Cómo puedo adquirir este seguro?
R: Podrás adquirir este seguro llamando a nuestra línea de atención 306-4700 indicándole al agente que desea activar el seguro de desempleo en su Tarjeta de Crédito o en cualquiera de nuestras sucursales para solicitarlo por medio de un ejecutivo.
Para tarjeta de crédito Ideal, este seguro se encuentra incluido.
5. ¿En cuánto tiempo puedo presentar el reclamo de la cobertura?
R: Para presentar tu reclamo tienes hasta un año. Sin embargo, debes tener en cuenta que el tiempo que transcurra hasta que solicites la cobertura, puede generar intereses o estatus de morosidad que afecten tu historial en la Asociación Panameña de Crédito (APC). El seguro no se activa de forma automática ya que dependemos del cliente para la presentación de los documentos que validen la situación.
6. ¿Cómo se solicita el reclamo de cobertura?
R: Puedes llamar a nuestro centro de atención telefónica 306-4700 o presentar el reclamo en cualquiera de nuestras sucursales para que alguno de nuestros ejecutivos reciba los documentos requeridos y realice el proceso con la aseguradora.
7. ¿Qué documentos debo presentar?
R: Es importante que compartas los siguientes documentos:
- Copia de documento de identidad (Cédula o pasaporte)
- Estado de cuenta (con fecha corte al momento del desempleo)
- Carta de desvinculación
Debe decir el día en que empezó a laborar
Día de desvinculación
Tipo de contrato (indefinido, temporal, por proyecto, etc)
Motivo de desvinculación
- Si la carta de desvinculación no cuenta con los puntos anteriores, se debe solicitar una nueva carta que refleje dichos puntos, o se debe presentar el contrato de trabajo con la empresa.
8. ¿Cuáles son los tipos de desempleos que aplican?
R: Despido individual o en masa, terminación por el patrono, disputa laboral por sindicato, cierre temporal de un lugar de trabajo o despido de empleados para desalentar actividades sindicales o para obtener concesiones por parte del patrono y excluyendo cierres temporales normales, renuncia negociada con indemnización.
9. Si por causa del COVID-19 me suspenden el contrato de forma temporal, ¿podría aplicar al seguro?
R: No, para aplicar debe existir una desvinculación laboral completa.
10. ¿Cuáles son los requisitos para adquirir la cobertura de desempleo?
R: Para ser elegible a la cobertura de desempleo involuntario debes estar trabajando a tiempo completo e ininterrumpidamente los últimos doce (12) meses, por ejemplo:
12 meses corridos para un mismo empleador; o
Continuidad laboral, empleado los últimos Noventa (90) días, en un empleo a tiempo completo y para el mismo empleador.
11. ¿Cuáles son los requisitos para adquirir la cobertura de Incapacidad Total Temporal?
R: Para ser elegible a la cobertura debes ejercer como empleado independiente y a cuenta propia (no devenga salario de un patrono) a la fecha de la incapacidad total y estar asegurado bajo este plan a la fecha de la incapacidad total.
12. Soy trabajador independiente, ¿puedo aplicar a la cobertura de desempleo?
R: No, por ser independiente usted puede solicitar la cobertura de Incapacidad Total Temporal en caso de que por algún motivo de salud este imposibilitado de continuar sus funciones como independiente.
13. ¿Cómo sería el pago del seguro por la cobertura de Incapacidad Total Temporal para los Independientes?
R. La Compañía hará pagos mensuales a la tarjeta de crédito del Deudor Asegurado, correspondiente al pago mínimo facturado en el estado de cuenta hasta un máximo de 12 pagos sí:
- La pérdida de ingreso ocurre a causa de haber quedado total y continuamente incapacitado como resultado de:
- Lesión corporal accidental
- Enfermedad
- Es atendido regularmente por un médico (que no sea el propio Deudor Asegurado)
- Si queda incapacitado por más de treinta (30) días consecutivos.
La incapacidad se calculará a partir de la fecha posterior entre las siguientes:
La fecha establecida por el médico del Deudor Asegurado
La fecha de su último día de trabajo
14. ¿Bajo qué condición puedo aplicar a mi cobertura de incapacidad total temporal si soy independiente?
R. Puede aplicar en los siguientes casos:
a. Lesión corporal accidental
b. Enfermedad (incluye COVID-19)
c. Condición en la que deba estar atendido por un médico regularmente y le genere una incapacidad por más de 30 días consecutivos
15. Si soy independiente y por causa de un diagnóstico positivo de COVID-19 resultara incapacitado temporalmente, ¿podría aplicar al seguro?
R. Sí. Si estuvieras incapacitado a causa del COVID-19, aplicaría la cobertura de incapacidad total temporal que tiene este seguro para los independientes.
16. ¿Qué documentos requiero para hacer mi reclamo en caso de incapacidad total temporal?
Copia de cédula
Estado de cuenta (con fecha corte al momento de la incapacidad)
Presentar una certificación de entidad competente (hospital público o privado) con Diagnóstico
a. Incapacitado total y temporalmente
b. Imposibilitado de volver a estar empleado por sueldo o ganancia a causa de la incapacidad descrita.
o Presentar mensualmente durante el período de incapacidad total, una declaración del médico que lo atiende haciendo constar su condición de incapacidad total continua; y
o A intervalos razonables y a solicitud y costos de la Compañía, ser examinado por el médico que la Compañía indique.